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ÉTICA Y CORRUPCION EN LOS GOBIERNOS LOCALES
Los funcionarios públicos y servidores tienen la responsabilidad en el uso de los recursos públicos que le son asignados para sus actividades y funciones de acuerdo a su ROF y MOF (Presupuesto Institucional vía Gasto Corriente y/o Gasto de Inversión, Recursos Humanos, Logísticos (materiales, equipamiento, movilidad) e Infraestructura).
En algunos casos existen funcionarios que comete un serie de acciones en donde confunden ciertos tipos de conducta como moralmente correcta, por ejemplo en el uso indebido de las unidades móviles asignado a su área o condicionando a su personal que voten por su candidatura, asumiendo que dichos trabajadores le deben lealtad (son amigos y familiares), sus acciones podrían ser consideradas como delitos de corrupción tipificado en el código Penal Peruano y trasgrediendo la Ley del Código de Ética de la Función Pública. Algunos ejemplos:
Delito de Peculado: El funcionario utiliza para fines personales el vehículo asignado a las operaciones de la Gerencia, trasladándose a su domicilio fuera de la jurisdicción o para fines personales. Se configura el delito de peculado de uso. Asimismo, utiliza la movilidad asignada a las operaciones de la Gerencia para su uso personal.
Delito de Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo: El funcionario contrata consultorías en la elaboración de investigación en temas que no tendrán ningún uso o beneficio para el ejercicio de sus funciones y actividades (POI), otorgando la buena pro y la conformidad del trabajo a sus amistades personales. Asimismo, promueve la contratación de familiares y/o amigos a cargos de confianza, incurriendo en Nepotismo y trasgrediendo el Principio de Neutralidad y Transparencia del Código de ética de la Función Pública; contratando personal sin experiencia, ni respetando el perfil necesario para el cargo (manipulación de los TdR y concurso público)
Delito de Concusión: El funcionario solicita donativos a los administrados que son sujetos a intervención con el fin de anular las multas y no ejecutar las medidas complementarias (clausura o retención o demolición).
Abuso de autoridad: Cuando el funcionario aprovechándose de su cargo y para obtener ventajas políticas y/o electorales condiciona a su personal de trabajo para que voten o elijan por un candidato impuesto o determinado.
Finalmente, si bien no es un delito, pero si un abuso de autoridad, cuando se vulnera los derechos de los trabajadores. En muchos casos el funcionario haciendo uso de su cargo somete, agrede verbalmente a su personal generando un clima inestabilidad. Incluso su personal no puede denunciar los hechos por temor y/o tolerancia por su condición de amistad o familiar .

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