Con el fin de promover la actividad económica y la inversión privada, grande, mediana y pequeña, es necesario contar con una municipalidad amistosa con los empresarios, vecinos y comerciantes, atenta a sus problemas y decidida a remover cualquier traba a la generación de empleo y de oportunidades de negocio.
Sin embargo, es necesario desterrar algunas trabas que se vienen dando con mayor o menor grado en la mayoría de municipalidades del Perú.
Se ha hecho múltiples avances en el tema de la simplificación administrativa para poder agilizar el procedimiento de la obtención de la licencia de funcionamiento, sin embargo, acabamos de observar que dentro de las principales barreras burocráticas identificadas, un 55% corresponde al otorgamiento de licencias municipales de funcionamiento, de acuerdo con estadísticas elaboradas por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi al cuarto trimestre del 2008
La Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Ley 28976 busca facilitar la formalización de las empresas a fin de poder obtener de manera ágil y sencilla, su licencia de funcionamiento, a través de un marco jurídico establecido que es común a todas las municipalidades.
Si bien se considera que el avance en dicho campo es significativo, aún existe la problemática debido a la lentitud de los trámites, la exigencia de requisitos adicionales no contemplados en la ley marco, la no publicación de la estructura de costos, entre otros.
Si los trámites municipales son lentos y engorrosos, es debido a una escasa capacitación con el personal de ventanilla de los diversos municipios, quienes actúan de una manera "robotizada" en el asesoramiento respecto de los procedimientos de la licencia. El personal de muchas municipalidades distritales y de la provincial, no cuenta con la capacitación adecuada y muchas veces "sugiere" giros que no cuenten con requisitos adicionales para poder otorgar una licencia, con la finalidad de poder entregarla de manera inmediata e incrementar las estadísticas (y de paso las arcas) municipales.
Los problemas se ven posteriormente cuando se realizan las inspecciones de defensa civil y/o se verifica la zonificación verdadera del negocio. ¿Y quien le cree al empresario cuando señala que el no quiso declarar giros distintos al suyo?. Es cierto que es una responsabilidad del empresario, pero recordemos que el 98% de empresas son mypes a nivel nacional, con personas que recién se inician en la formalización y a quienes debemos orientar y no engañar.
Hace poco fui testigo en una municipalidad de cómo se "asesoraba" a un contribuyente, reduciendo el área de su negocio para que pague menos, señalando el nuevo horario que debería funcionar para que los inspectores de defensa civil no lleguen tarde y explicando cual debería ser el giro del negocio para no tener que presentar documentos adicionales.
Ahora bien, seamos sinceros y veamos ¿cuantos de los micro y pequeños empresarios revisa la pagina web de los municipios para ver la estructura de costos de las licencias de funcionamiento?. Al empresario lo que le interesa es un costo accesible, sobre todo al que recién se inicia y a quien se le ha vendido la idea de que formalizarse es un buen negocio. Para ello, es necesario un planteamiento más agresivo por parte de las municipalidades provinciales ratificando las ordenanzas que aprueban los procedimientos del TUPA y con ello las estructuras de costos, tal igual como sucede con los arbitrios, y no es posible esperar meses de meses a que se apruebe. Estructuras modelos ya existen, marco regulatorio también y si es necesario se debe adecuar la normatividad a fin de establecer responsabilidades a los funcionarios que no cumplan con sus funciones de normar y aprobar.
De esta manera se puede sincerar aún más los costos de la licencia de funcionamiento que han tenido bajas considerables en sus costos en los últimos años.
Finalmente quiero mencionar una problemática que se viene dando en las municipalidades y debería analizarse con cautela aprovechando que se están dando diversas normas a favor de la formalización de actividades económicas que no se ha mencionado: el catastro y la zonificación
Uno de los principales problemas de la mayoría de las 1834 municipalidades a nivel nacional es la falta de un catastro actualizado.
Dicha herramienta permitiría a cada municipalidad replantear la zonificación de acuerdo a los usos actuales que presentan los predios, pudiendo elaborarse el registro de las áreas de concentración de actividades económicas y la formulación de estrategias de reordenamiento y formalización, con la finalidad de mejorar la organización de los usos del suelo.
Sin embargo sabemos que una característica de las mypes es que se desarrollan en las viviendas, y muchas veces el micro y pequeño empresario inicia su actividad productiva (carpintería, mecánica, taller de confecciones, etc) en su propia casa, ubicada en zonas residenciales (RDM) y no en zonas de viviendas talleres (VT), o zonas industriales (ZI), por lo que su solicitud de licencia de funcionamiento en la mayoría de casos no es conforme por la zonificación. Inclusive, así la municipalidad regalara las licencias de funcionamiento, no podrían otorgarlas porque la zonificación no es compatible.
Peor aún es que la Municipalidad muchas veces recién toma conocimiento de las actividades productivas cuando son denunciadas por un vecino por diversos aspectos (ruidos molestos, contaminación ambiental, carecer de licencia, etc) y dichas actividades no son posibles de formalizar debido a la zonificación.
Un ejemplo palpable es la ordenanza 1015 de Lima, que establece la zonificación para los distritos de San Martín de Porres, Comas, Los Olivos, Independencia y una parte del Rímac, la cual aprueba escasas zonas para el desarrollo de actividades productivas, a pesar que dichas actividades son las que generan mayor mano de obra, por lo cual no se permite la formalización de gran número de actividades productivas, debido a que no cuentan con la zonificación requerida. En las zonas residenciales la norma solo permite hasta la formalización de talleres artesanales hasta un 35% de la vivienda.
Según el Acuerdo Nacional, la meta es que al 2011 se cuente con un sistema único nacional de información catastral integrado y en operación, pero vemos que diez concejos distritales de Lima han contestado la encuesta que el Consejo Nacional de Catastro (CNC) hizo llegar a los municipios a mediados del año pasado para realizar un diagnóstico sobre la situación del catastro en cada concejo.
En tal sentido, desde una perspectiva de economía territorial, es necesario desarrollar el catastro en cada municipalidad con el deseo de poder obtener la correcta información para apoyar en la formalización de los micro y pequeños empresarios, quienes son el motor de la economía peruana.
Por ello es necesario que se realice la revisión de la zonificación, la cual debe ajustarse a la realidad de cada distrito que la integra a fin de permitir el desarrollo de actividades productivas en determinadas zonas. Esta zonificación no debe ser tomada a la ligera ni de forma unilateral por los municipios distritales, debe ser concertada con los vecinos, sin embargo ¿cuántos procesos correctamente llevados observamos?.
Esta revisión de la zonificación permitirá a cada municipalidad ayudar en la verdadera formalización de las actividades productivas principalmente, las cuales como ya se han dicho, son intensivas en mano de obra, generando mayor empleo y recordemos finalmente que el 2009 todos debemos esforzarnos en mejorar para contrarrestar la crisis mundial.
Jorge Federico Ibáñez Vizcarra
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